En la mayor parte de las actividades agrícolas se aplica un umbral de exclusión de 200.000 y 150.000 euros, sin verse perjudicada por el rumbo definitivo de la facturación. Las subvenciones recibidas por la realización de actividades agrícolas no se computan a efectos de determinar el límite de ingresos a partir del cual procede la exclusión del régimen...